Derechos de los Ciudadanos

Está aquí: 

Todo(a) ciudadano(a) tiene derecho a:

  1. SOLICITAR INFORMACIÓN: de cualquier órgano del ayuntamiento y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal.
  2. RECIBIR INFORMACIÓN: completa, veraz, adecuada y oportuna de cualquier órgano del ayuntamiento.
  3. ACCESO GRATUITO: a la información en tanto que no requiera reproducción de la misma.
  4. SOLICITAR, RECIBIR y DIFUNDIR: informaciones pertenecientes a la administración del ayuntamiento.
  5. CONOCER: los proyectos de reglamentos y otras disposiciones de carácter general que rigen las relaciones entre los particulares y la administración.
  6. OBTENER: información sobre los servicios que ofrece el ayuntamiento, requisitos costos.
  7. SABER: la estructura, integrantes, normativas de funcionamiento, proyectos, informes de gestión, y bases de datos de la administración pública.
  8. CONOCER: sobre los presupuestos y cálculos de recursos y gastos aprobados, su evolución y estado de ejecución.
  9. TENER: información sobre los programas y proyectos, sus presupuestos, plazos, ejecución y supervisor.
  10. ESTAR AL TANTO: sobre las licitaciones, concursos, compras, gastos y resultados.
  11. RECIBIR: información sobre el listado de beneficiarios de programas asistenciales, subsidios, becas, jubilaciones, pensiones y retiros.
  12. BUSCAR:las leyes, decretos, resoluciones, disposiciones, marcos regulatorios y cualquier tipo de normativa.
  13. SOLICITAR Y RECIBIR: oportunamente cualquier tipo de documentación financiera relativa al presupuesto público.

En cumplimiento a la Ley 200-04 y el Decreto 130-05, el acceso a la información se hará efectivo siempre y cuando no afecte la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral pública o el derecho a la privacidad e intimidad de un tercero o el derecho a la reputación de los demás.